La redundancia es siempre una Provocó tensión entre empresas y trabajadoresEspecialmente cuando ambas partes no son productivas. Una de las motivaciones para llegar a esta situación se basa en sus orígenes Razones disciplinariasYa sea con la empresa o con otro trabajador.
Ahora, uno Una decisión reciente de la Corte Suprema Afecta a este tipo de despidos. Además, según la sentencia impuesta, Esto no es un despido válido. Si la empresa no abre una práctica El trabajador puede defenderse Los cargos que enfrenta.
Así, según se aclaró, “el empleador deberá proporcionar al trabajador Una oportunidad para defenderse de los cargos que se le imputan”. Por la presente, los términos Conferencia de la Organización Internacional del TrabajoEn vigor en España desde 1982. De esta forma, los jueces trasladan su teoría a casos futuros.
El caso que impulsó este cambio Profesor de Teoría del Dramay director de la Fundación de Estudios Avanzados en Música y Artes Escénicas de Baleares, 2020 tuvo constancia de ello. Presunto acoso a varios estudiantes Según una carta firmada por decenas de estudiantes a lo largo de los años. En la carta, los estudiantes reprendieron al maestro Les envié solicitudes de amistad en las redes sociales. Y los entrené fuera de horario y les di retroalimentación para hacerlos sentir “Incomodidad, Miedo y Culpa”.
Un año después, debido a estas acusaciones, la organización le entregó una carta de despido. Después de eso, el maestro Acudió a los tribunales y aunque el tribunal falló a favor del fideicomiso, el TSJ de Baleares declaró que se trataba de un despido improcedente.Por ello tenía derecho a una indemnización de más de 64.000 euros.
Válido para futuros despidos
Ahora, el Tribunal Supremo quiere que el tribunal repita su primer veredicto Su teoría en casos similares se remonta a la década de 1980.. Sostienen que “esto debería modificarse” porque normas como el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo están “integradas”. ordenamiento jurídico español, por lo que debe utilizarse.
El texto del artículo séptimo del Convenio 158 establece que: “El trabajador, antes de terminar su relación de trabajo, Tiene que defenderse de las acusaciones en su contra.Esto indica que estos cargos deben Exprésate y conócete antes de ser despedido”.
Al respecto, la Corte Suprema ha dicho: “Un principio básico, escala de equidad”. Por tanto, el trabajador debe tener la oportunidad de defenderse de los actos que se le imputan. La rescisión es efectiva y concluyente.. Sin embargo, el Tribunal Supremo entiende que se puede aplicar una excepción porque en el momento de los hechos (2021) la jurisprudencia era la contraria. Ahora, por tanto, el Tribunal Balear debe repetir la decisión, pero teniendo en cuenta este criterio. Sólo se aplica la nueva doctrina. Nuevos despidos.
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